La resolución ordena la suspensión inmediata de todos los actos materiales relacionados con el megaproyecto hidrocarburífero Sea Lion (León Marino), ubicado a 220 kilómetros al norte del archipiélago malvinense.
La orden alcanza de forma directa a las firmas operadoras Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited, exigiéndoles abstenerse de ejecutar perforaciones o instalar infraestructura en el área.
Un freno a la infraestructura y explotación comercial
El fallo judicial interrumpe un plan operativo que ya se encontraba en fase de ejecución técnica y financiera. Las actividades prohibidas temporalmente abarcan:
Perforaciones marinas: Trabajos de exploración y explotación en el lecho y subsuelo oceánico.
Infraestructura submarina: Tendido de conductos, líneas de flujo y sistemas de control.
Operaciones en superficie: Despliegue de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga (FPSO), además del inicio de extracción comercial.
Soporte logístico en tierra: Ampliaciones portuarias, bases de apoyo, depósitos de insumos químicos, plantas de cementación y bases habitacionales o aeronáuticas.
Esta restricción mantendrá su validez hasta tanto se tramite la correspondiente evaluación de impacto ambiental requerida por la normativa argentina y la autoridad competente emita su dictamen.





