La resolución ordena la suspensión inmediata de todos los actos materiales relacionados con el megaproyecto hidrocarburífero Sea Lion (León Marino), ubicado a 220 kilómetros al norte del archipiélago malvinense.

​La orden alcanza de forma directa a las firmas operadoras Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited, exigiéndoles abstenerse de ejecutar perforaciones o instalar infraestructura en el área.

​Un freno a la infraestructura y explotación comercial

​El fallo judicial interrumpe un plan operativo que ya se encontraba en fase de ejecución técnica y financiera. Las actividades prohibidas temporalmente abarcan:

  • Perforaciones marinas: Trabajos de exploración y explotación en el lecho y subsuelo oceánico.

  • Infraestructura submarina: Tendido de conductos, líneas de flujo y sistemas de control.

  • Operaciones en superficie: Despliegue de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga (FPSO), además del inicio de extracción comercial.

  • Soporte logístico en tierra: Ampliaciones portuarias, bases de apoyo, depósitos de insumos químicos, plantas de cementación y bases habitacionales o aeronáuticas.

​Esta restricción mantendrá su validez hasta tanto se tramite la correspondiente evaluación de impacto ambiental requerida por la normativa argentina y la autoridad competente emita su dictamen.